Con el crecimiento de las oficinas hogareñas en la Argentina y las grandes dudas sobre libertad en el trabajo y perjuicios sindicales o de salud, el teletrabajo avanza y avanza.
Beneficios o perjuicios??
Conozca sobre los requerimientos legales vigentes. Prevenga y controle factores de riesgo laboral en estos nuevos puestos de trabajo.
Resolución
1552/2012 - Teletrabajo.
Definición. Condiciones.
Bs. As., 8/11/2012
VISTO el Expediente Nº
100.298/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T.), las Leyes Nº 19.587, Nº 24.557 y Nº 25.212, el Decreto Nº 1.057 de fecha
11 de noviembre de 2003, la Resolución Nº 147 de fecha 10 de febrero de 2012
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.)....
Resumen:
Artículo
1º — Se entiende por teletrabajo a la realización de actos,
ejecución de obras o prestación de servicios realizado total o parcialmente en
el domicilio del trabajador o en lugares distintos del establecimiento o los
establecimientos del empleador, mediante la utilización de todo tipo de
Tecnología de la Información y de las Comunicaciones.
Art.
2º — Establécese, en relación con los trabajadores que se desempeñen
bajo la modalidad de teletrabajo que el empleador deberá notificar a la
Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) a la que estuviera afiliado, la
localización de los teletrabajadores, según el siguiente detalle:
- Lista de trabajadores
(apellido, nombres y C.U.I.L.);
- Lugar y frecuencia de
teletrabajo (cantidad de días a la semana);
- Posición o tareas asignadas
a los trabajadores (administrativas, ventas, otras).
Art.
3º — Establécese que el empleador deberá proveer a los
teletrabajadores de los siguientes elementos:
- UNO (1) silla ergonómica.
- UNO (1) extintor portátil
contra incendio (matafuego de 1 kg. a base de HCFC 123).
- UNO (1) botiquín de
primeros auxilios.
- UNO (1) almohadilla para
ratón (“pad mouse”).
- UNO
(1) Manual de Buenas Prácticas de Salud y Seguridad en Teletrabajo.
Art.
4º — Establécese que el empleador, previo consentimiento del
trabajador y notificando fecha y hora cierta de visita, puede verificar las
condiciones del lugar determinado por el trabajador para la ejecución de su
tarea, a través de un profesional del área de Higiene y Seguridad de la
Empresa, quien puede ser acompañado por un técnico de la A.R.T. o un
representante de la Entidad Gremial.
Art.
5º — La evaluación de las condiciones generales de trabajo se
efectuará conforme lo determine la Coordinación de Teletrabajo del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION.
Art.
6º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del
día 1º de noviembre de 2012.